Objetos por Actividad aprobado por IPJ (S.A.S.)

Objeto CNV

a) Comerciales: de Agente de Negociación, (AN), de conformidad a lo dispuesto por la Ley No 26.831 y las Normas CNV (N.T. 2013), por lo que podrá, actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), ingresando –en forma directa– ofertas en la colocación primaria y/o registrando –en forma directa– operaciones en la negociación secundaria tanto para la cartera propia como para terceros, cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la comisión nacional de valores.

De Agente de liquidación y compensación, (ALyC), en cualquiera de las sub categorías establecidas para esta figura, de conformidad a lo dispuesto por la Ley No 26.831 y las Normas CNV (N.T. 2013), por lo que podrá actuar en la colocación primaria ingresando ofertas y en la negociación secundaria registrando operaciones a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), e intervenir en la liquidación y compensación de las operaciones.

III.        De Agente Asesor Global de Inversiones, (AAGI), de conformidad a lo dispuesto por la Ley No 26.831 y las Normas CNV (N.T. 2013), por lo que podrá desarrollar la actividad de asesoramiento respecto de inversiones en el ámbito de mercado de capitales.

De Agente Productor, (AP), de conformidad a lo dispuesto por la ley No 26.831 y las Normas CNV (N.T. 2013), por lo que podrá realizar actividades de asesoramiento en el ámbito del mercado de capitales, y de difusión y promoción de valores negociables autorizados a la oferta pública en la República Argentina, vinculados contractualmente y bajo responsabilidad de un AN y/o ALyC y/o AAGI.

De agente de corretaje de valores negociables, (ACVN), de conformidad a lo dispuesto por la Ley No 26.831 y las Normas CNV (N.T. 2013).

b) MANDATARIAS: Administración por cuenta de terceros de negocios financieros, y en especial, los relacionados con títulos de crédito, títulos valores públicos o privados, representaciones, cobranzas, mandatos, comisiones, consignaciones, y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de la materia haya sido reservado a profesionales con título habilitantes, la actuación como Agente de suscripciones o servicios de renta y amortización; administración de carteras de valores, fideicomisos financieros como Agente Fiduciario, Fideicomisos no financieros u ordinarios y cualquier actividad financiera adecuada a la normativa vigente en la materia; como agente colocador de cuotas-pares de Fondos Comunes de Inversión, conforme a las normas de la Comisión Nacional de Valores y los Mercados del país.

c) FINANCIERAS: I.- Operaciones que tengan por objeto títulos de crédito o títulos valores públicos o privados, asesoramiento financiero y toda operación permitida por la ley vigente. II.- Operaciones mediante el otorgamiento de préstamos con fondos propios, con garantía, incluso real, o sin ella, para la financiación de operaciones y negocios realizados o a realizarse, constitución, extinción y transferencia, para cesión de prendas, hipotecarias o cualquier otro derecho real; otorgamiento de préstamos personales o de consumo, con fondos propios, pagaderos para la adquisición de bienes de uso o de consumo corrientes, pudiendo incorporar la utilización de libretas o bonos de consumo privado, órdenes de compra, tarjetas cerradas y/o abiertas de compra o crédito para consumo y otros instrumentos de compra o financiación utilizables ante comercios adheridos a un sistema común dentro de los límites de la ley 25.060; actividades de factoring, con fondos propios, y la prestación de servicios relacionados con las actividades descriptas. La sociedad no podrá realizar las actividades reguladas por la ley de Entidades Financieras u otras que requieran el concurso público.

d) FIDUCIARIAS: Mediante la celebración y participación en fideicomisos, tanto comunes como financieros, actuando como fiduciante, fiduciario, beneficiario o fideicomisario, la administración de fondos fiduciarios y la emisión de certificados de participación y títulos de deuda, en los términos del Código Civil, y Comercial de la Nación, la Ley No 26.831 y las Normas CNV (N.T. 2013) y sus modificaciones futuras, así como las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten. A su vez realizar las actividades directas necesarias para la actualización de la sociedad ante los organismos públicos y privados para poder continuar siempre la actividad de los puntos precedentes. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen con su objeto o estén vinculados con él.

e) INVERSORA: Tomar participaciones en otras sociedades, mediante la compra, venta o permuta, al contado o a plazos, de acciones, obligaciones negociables, debentures u otra clase de títulos o aportes de capital a sociedades constituidas o a constituirse en el país o en el extranjero y cualquier otro valor mobiliario de inversión, inversión en bienes inmuebles, cuotas partes, derecho, créditos, acciones, inclusive intangibles como los de propiedad intelectual o industrial, o celebrar los contratos de colaboración empresaria tipificados en la ley general de Sociedades N° 19.550; la promoción, mediación y asesoramiento.

Objeto Transporte
El transporte nacional o internacional de cargas generales, por cuenta propia y/o de terceros, ya sea por vía terrestre, aérea o marítima, con medios de transporte propios y/o de terceros, pudiendo realizar todo lo inherente a su logística.

Objeto Inmobiliario
Realizar compra, venta y permuta, explotación, arrendamientos y administración de bienes inmuebles, urbanos y/o rurales, urbanizaciones, loteos, fraccionamientos y la realización de operaciones de propiedad horizontal.

Objeto Financiero
Realizar toda clase de operaciones financieras por todos los medios autorizados por la legislación vigente, mediante inversiones, aportes de capital a sociedades por acciones constituidas o a constituirse, para negocios presentes o futuros, dando o tomando dinero en préstamo para negocios con fondos propios, financiaciones y créditos en general con cualquier garantía prevista en la legislación vigente o sin ella, compraventa y administración de créditos, títulos o acciones, debentures, valores mobiliarios y papeles de créditos en general, con cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse. Se exceptúan las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financiera.

 Objeto Construcción
Realizar la construcción de todo tipo de obras, públicas o privadas, sean a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de edificios, viviendas, locales comerciales y plantas industriales; realizar refacciones, remodelaciones, instalaciones, trabajos de albañilería y/o cualquier trabajo de la construcción.

Objeto Agropecuario
Realizar la prestación de servicios y/o explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, venta y cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, compra, venta y acopio de cereales, incorporación y recuperación de tierras áridas, la siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, elaboración de productos lácteos o de ganadería, o la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos así como la compra, venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera. Transporte automotor de haciendas y/o productos alimenticios. Fabricación, industrialización y elaboración de productos y subproductos de la ganadería, de la alimentación, forestales, madereros, como toda clase de servicios en plantas industriales propias de terceros en el país o en el extranjero, referido a dichas actividades. Faena y comercialización de animales y de productos y subproductos derivados: industriales, faena de semovientes, incluyendo el trozado y elaboración de carnes, subproductos y sus derivados. Compraventa, importación y exportación, consignación o permuta de semovientes, animales, productos cárneos, subproductos y sus derivados. Comercialización de productos

agrícolas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas y agroquímicos, compra, venta, consignación, acopio, distribución, exportación e importación de cereales, oleaginosas, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, agroquímicos y todo tipo de productos que se relaciones con esta actividad. También podrá actuar como corredor, comisionista o mandataria de los productos mencionados precedentemente de acuerdo con las normas que dicte la autoridad competente. Administración, gerenciamiento y dirección técnica y profesional de los establecimientos rurales agrícolas o ganaderos de todo tipo.

Objeto Informático
Creación, producción, elaboración, transformación, desarrollo, reparación, implementación, servicio técnico, consultoría, comercialización, distribución, importación y exportación de softwares, equipos informáticos, eléctricos y electrónicos.

Objeto Gastronómico
Elaboración, producción, transformación y comercialización de productos y subproductos alimenticios de todo tipo, expendio de todo tipo de bebidas, explotación de servicio de catering, de concesiones gastronómicas, bares, restaurantes, comedores, organización y logística en eventos sociales.

 Objeto Turismo y Hotelería
Explotación de agencia de viajes y turismo, pudiendo realizar reservas y ventas de pasajes, terrestres, aéreos, marítimos, nacionales o internacionales; organización, reserva y ventas de excursiones propias o de terceros, reservas de hotelería dentro y fuera del país, incluyendo los hoteles propios que tenga la Sociedad, reserva, organización y ventas de charters y traslados, dentro y fuera del país de contingentes turísticos para lo cual podrá realizar todas las gestiones, los mandatos, consignaciones, compras, ventas, corresponsalías, administraciones, comisiones, representaciones, intermediaciones y todo otro acto contractual autorizado por la legislación para el cumplimiento de su objeto. Explotación de turismo en todos sus aspectos, mediante la adquisición, arrendamiento o locación de los distintos medios de transporte, alojamientos, hospedajes. Prestación de servicios turísticos de excursiones, viajes o de transporte de personas no regular con fines turísticos, dentro del país o fuera del mismo. La explotación integral de establecimientos hoteleros, apart hotel, de inmuebles que tengan por finalidad el alojamiento de personas en habitaciones amuebladas, de inmuebles para el desarrollo de congresos, convenciones, ferias, actividades culturales, deportivas recreativas.