A partir del 01/01/2021, en consecuencia de la modificación de la Ley 8652, los siguientes trámites se realizarán de manera íntegra en la Inspección de Personas Jurídicas:
- Constitución y modificaciones de S.R.L.
- Constitución y modificaciones de Sociedad Colectiva
- Constitución y modificaciones de Sociedad de Capital e Industria
- Constitución y modificaciones de Sociedad en Comandita Simple
- Contrato y modificaciones de Agrupación de Colaboración
- Contrato y modificaciones de Unión Transitoria
- Contrato y modificaciones de Consorcio de Cooperación
- Inscripción de Matrícula Individual
- Inscripción de Poderes y Mandatos
- Transferencia de Fondo de Comercio
- Rúbrica de Libros físicos Sociales y Contables
Las gestiones se inician y finalizan en IPJ a través de CiDi, con un simple y fácil acceso.
Encontrá todos los requisitos obligatorios para cada trámite en la Resolución General 057/2020: https://ipj.cba.gov.ar/wp-content/uploads/2021/01/RES57G2020.pdf