IPJ Córdoba sigue innovando

Se reglamentó el Registro Público para Sociedades de la sección IV y Simples Asociaciones.

  • La Inspección de Personas Jurídicas incorporó el trámite de anotación y modificación de contratos de Sociedades de la Sección IV y Simples Asociaciones.
  • Se facilita el acceso a la información de las empresas y la difusión de las mismas.

A través de la Resolución 56T/2025, la Inspección de Personas Jurídicas de Córdoba reglamentó que las Sociedades comprendidas en la Sección IV del Capítulo I de la Ley General de Sociedades y las Simples Asociaciones con domicilio en la Provincia de Córdoba podrán anotarse voluntariamente ante dicha Dirección.

Esto es una oportunidad para estas empresas ya que las mismas contarán con el servicio de publicidad registral, lo que facilita que terceros conozcan la información y el alcance de los instrumentos inscriptos.

Además estas entidades podrán solicitar la rúbrica de sus libros sociales y contables ante la IPJ Córdoba.

Sobre el trámite

Tanto la anotación como las modificaciones de estos contratos se gestionan en la IPJ de manera 100% online, a través de la Mesa Virtual de CiDi.

La anotación debe ser solicitada por quien ejerza representación y/o por persona autorizada por la entidad.

Accedé a la normativa