Si abonaste la Tasa Retributiva a través de TRS y no la generaste en el mismo trámite que estás cargando, deberás tipear el código de timbrado (comienza con 50) que figura en el cedulón pago y de esta forma vincular el trámite a la Tasa. Deberás corroborar que el número esté bien tipeado.
Recordá que para que la Tasa sea válida, deberá tener el mismo concepto que se indica en el trámite (por ejemplo no podrás vincular una tasa paga de asamblea en un trámite de constitución).