Denominación Social

La denominación de las entidades debe cumplir con las disposiciones de su régimen de fondo y demás leyes aplicables, por lo que deben tener un nombre que las identifique como tales, con el aditamento indicativo de la forma jurídica adoptada y satisfacer recaudos de veracidad, novedad y aptitud distintiva, tanto respecto de otros nombres, como de marcas, nombres de fantasía u otras formas de referencia a bienes o servicios.

La denominación social atravesará dos instancias: en primer lugar deberás corroborar a través de la Consulta de Homonimia que la denominación propuesta cumpla con los requisitos y no sea similar a una entidad ya inscripta. En segundo lugar, deberás solicitar la reserva de denominación, momento en el cual el área técnica realizará la verificación de homonimia.

Cabe aclarar que el control de Homonimia es una obligación que tiene IPJ por ley, (lo establece el Art. 151 del Código Civil y Comercial de la Nación) para evitar el uso indebido del nombre de una entidad por un tercero, o que se confundan dos o más entidades entre sí por la similitud de sus nombres.

Para iniciar un trámite referido a la Denominación de una entidad deberás dirigirte al Portal de Trámites de IPJ y loguearte con tu clave CIDI Nivel 2  y Clave Fiscal nivel 3:

y se muestra la pantalla de acceso de CIDI

Luego deberás dirigirte al recuadro de la entidad que estés gestionando (Asociación Civil, Fundación o Sociedades) y seleccionar el trámite que quieras iniciar: Consulta de Homonimia, Reserva de Denominación o Prórroga de la Reserva de Denominación.

PASO 1: Consulta de Homonimia

Este servicio se ofrece a los fines de que puedas consultar las entidades que obran inscriptas en la Inspección de Personas Jurídicas, al día de la realización de la Consulta, con el objetivo de constatar que no existan entidades cuya denominación sea similar textual y/o fonéticamente.

  1. Deberás tipear el nombre elegido en el campo “denominación” y presionar el botón “Consultar”
  2. El sistema arrojará el listado de entidades (si las hubiere) que tienen un nombre similar tanto textual como fonéticamente.
y se muestra la pantalla de ingreso de datos en la web de consulta de homonimia.

En la Consulta de Denominación, deberás corroborar que no haya una entidad inscripta que sea similar tanto textual como fonéticamente. Por ejemplo:

La denominación propuesta es HARKOR. Como se ve en la Consulta, existe una entidad que suena igual fonéticamente. A tener en cuenta:

  • NO se admite que se cambien letras que fonéticamente suenen igual. Por ejemplo: S/Z – H – B/V – J/G – C/K
  • Tampoco es válido utilizar mayúsculas o dividir la denominación con puntos o guiones. Por ejemplo: AR.COR / aRcoR / A.R.C.O.R./ HARCORR
  • Independientemente del tipo societario que tenga la entidad, si el nombre es similiar fonética o textualmente hay homonimia. Por ejemplo: ARCOR SA / HARKOR SAS / HARCOR Sociedad de Responsabilidad Limitada
  • Tampoco es válido consignar denominaciones sociales que denoten la pertenencia a un grupo económico, si la pertenencia no se acredita en el trámite. Por ejemplo, si existe registrada la denominación ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, no es posible consignar como denominación social ARCOR GALLETAS S.A. o GRUPO COMERCIAL ARCOR S.A., dado que puede dar a entender que la nueva sociedad pertenece al Grupo económico.
  • No se podrán utilizar términos como “Nacional”, “Provincial”, “Municipal”, “Estatal”, “Oficial”, “Mercosur”, u otros similares, en versión castellana o traducida, en la medida que puedan sugerir dependencia jurídica respecto de instituciones oficiales y/o públicas.

A continuación podés ver un ejemplo en el que no hay semejanza textual ni fonética: la denominación propuesta es “MAFRADI S.A.

y la imagen muestra una captura de la página con el ejemplo de Mafradi.

Para resumir, deberás tener en cuenta que no se admiten nombres que:

  1. Contengan términos o expresiones contrarios a la ley, al orden público o las buenas costumbres.
  2. Sean iguales o similares a otras ya existentes (sin importar tipo societario, que sean del extranjero, tengan objetos diversos, etc.).
  3. Puedan inducir a error sobre la naturaleza, persona, objeto o características de la sociedad, o confundirse con la denominación de entidades de bien público.
  4. Por su notoriedad permitan tener por acreditado el reconocimiento, fama o prestigio nacional o internacional de determinados nombres sociales, comerciales o marcas registradas, frente a los cuales la denominación pretendida no satisfaga alguno de los requisitos anteriores.

PASO 2: Reserva de Denominación

2.1 Iniciar Trámite
  1. Seleccioná la Opción Sociedades por Acciones, Asociaciones Civiles o Fundaciones.
  2. Seleccioná la Opción Reserva de denominación.
  3. Presioná el botón Iniciar para ingresar al formulario, ó
  4. Presioná el botón Información para consultar todo lo referido a Requisitos y  Tasas Retributivas de Servicios del trámite.
y se muestra una captura de la sección de reserva de denominación en la página "mis trámites".

Podrás ver en «Vista previa» cómo quedará conformado el nombre.

5. Presioná Agregar. El sistema validará que la denominación ingresada no se encuentre registrada en la Inspección de Personas Jurídicas (IPJ), o en el Instituto de la propiedad Industrial (INPI), o contenga algún término indebido como insultos o caracteres especiales.

Si el sistema no le permite avanzar por la validación con el INPI pero sos titular de la marca, el trámite deberá ingresar por Mesa Virtual de CiDi, adjuntando una nota que explique la situación y acreditando su inscripción en el Registro del Instituto Nacional de Propiedad Industrial.

y muestra una captura donde se procesa la validación de la denominación propuesta.

Presionando el botón Siguiente podrás continuar registrando los datos solicitados en la solapa Datos Trámite.

  • La Reserva de Denominación tiene una duración de 30 días corridos desde el momento en que queda reservada.
  • Una vez reservada, recibirán una notificación de CiDi informando el número de sticker y la fecha hasta la cual queda reservada la denominación.
  • El trámite de constitución debe iniciarse y finalizarse ANTES que la Reserva de Denominación se venza, es decir dentro de los 30 días corridos. En caso de que la reserva esté por vencer y el trámite de constitución no esté listo para finalizar se deberá solicitar una prórroga de la reserva de denominación.
  • Si su Constitución fue Rechazada y el Sticker de reserva correspondiente está vigente, debe utilizar el mismo en su nuevo trámite de constitución. Recuerde hacer uso de la prórroga antes del vencimiento de la denominación.  
  • La Tasa Retributiva de Servicios tiene validez anual: si termina el año vigente y no finalizaste tu trámite deberás abonar una nueva tasa.
2.2 Datos del trámite

6. Completá todos los datos requeridos. Los campos requeridos son aquellos marcados con (*).

7. En la sección «Personas Autorizadas», el sistema por defecto mostrará en la grilla como persona autorizada al usuario que está registrando el trámite. Podés agregar tantos autorizados como desees. Con las opciones Modificar y Eliminar podrás modificar los datos de la persona autorizada o eliminar respectivamente.

8. En el campo Domicilio Electrónico el sistema traerá la dirección de correo electrónico a la cual le llegarán notificaciones formales, esta dirección se rescata de los datos registrados como ciudadano digital, por lo que al chequear se validará que la persona posea usuario CIDI registrado; de no poseer no se permitirá seleccionarlo como domicilio electrónico.

9. Presioná Guardar

10. El botón Solicitar solo se habilitará cuando se haya validado el pago de las tasas.

y muestra una captura con todos los campos de la reserva de denominación completados.

Al solicitar el sistema informará número de Sticker del trámite:

y muestra la ventana que notifica que se finalizó correctamente el trámite.

El trámite ingresará al área técnica para su estudio. En cuanto sea estudiado, te llegará a Mis Notificaciones de CiDi un mail indicando si el nombre fue aprobado o rechazado.

CAPACITACIÓN

Accedé a la capacitación brindada en VIVO por las áreas técnicas sobre las consideraciones a tener presente en el trámite de reserva de denominación.

PASO 3 (opcional): Prórroga de la Reserva de Denominación

Este trámite permite prorrogar la reserva de la denominación social propuesta por un plazo de treinta (30) días corridos. Para que sea efectiva la prórroga, la reserva de denominación deberá estar vigente.

3.1 Iniciar Trámite
  1. Seleccioná la Opción Sociedades por Acciones, Asociaciones Civiles o Fundaciones.
  2. Seleccioná la Opción Prórroga de reserva de denominación.
  3. Presioná el botón Iniciar para ingresar al formulario.
y muestra una captura de la pantalla del portal de trámites con la opción prórroga de reserva de denominación seleccionada.
  1. Ingresá alguno de los filtros de búsqueda indicados y presioná el botón Buscar.
  2. El sistema te mostrará los trámites de reserva de denominación que tengas iniciados y que coincidan con los criterios de búsqueda.
  3. Seleccioná el trámite de reserva que desea prorrogar.
  4. Presioná Guardar para habilitar la siguiente pestaña.

En caso de que la reserva de nombre esté vencida, el sistema NO te dará la posibilidad de seleccionarla para hacer la prórroga.

y muestra captura de ficha a completar en prórroga de reserva de denominación.
3.2 Datos Prórroga
  1. Ingresá a la pestaña Datos Prórroga.
  2. Presioná el botón Guardar.
  3. Presioná el botón Solicitar. El sistema generará el trámite y le dará ingreso a IPJ.
  4. Revisá tu casilla de e-mail para ver el certificado del trámite realizado donde se le informará el nuevo Nro de Sticker y la aprobación de la prórroga solicitada.
y muestra una captura donde se consulta el trámite con el número de sticker.
  • La prórroga extiende el plazo de la reserva durante 30 días corridos desde el momento en que se finaliza el trámite de prórroga de reserva de denominación.
  • Si tenes una constitución iniciada con el sticker de la reserva inserto en ella, automáticamente se colocará el nuevo sticker correspondiente a la prórroga. Es decir, no podrás editar el campo “reserva de denominación”  que está dentro de la constitución, sino que al finalizar el trámite de prórroga el sistema asociará automáticamente el número de sticker de dicha prórroga y la vigencia del nombre se extenderá por 30 días más.-