Instrumento redactado por el ciudadano

Constitución de S.R.L.

Para realizar este trámite deberás contar con el Instrumento Constitutivo ya confeccionado. Conforme lo que establece dicho Instrumento, deberás ir cargando los datos solicitados por el sistema y luego adjuntar la documentación obligatoria. Los campos son de libre carga, pero deberán contener criterios validados por la normativa vigente.

PASO 2: Datos de la entidad

  • La reserva de denominación deberá estar vigente durante todo el proceso de carga y finalización de la constitución. Recordá que la Reserva de Denominación tiene una duración de 30 días corridos.
    Si tu reserva está próxima a vencerse y aún te faltan cargar datos o adjuntar documentos, deberás solicitar una Prórroga de la Reserva de Denominación ANTES que la misma venza.
  • Si la reserva de denominación se venció y no finalizaste el trámite, deberás eliminar el trámite de constitución actual y comenzar una nueva carga con una nueva reserva de denominación vigente.
  • Al finalizar la carga de datos de cada solapa deberás guardar la información. Una vez que la información se guarda no puede volver a editarse.
  • Antes de guardar y descargar la documentación que el sistema genera, deberás corroborar que todos los datos hayan impactado de manera correcta en el borrador (desde el botón “ver borrador”).
  • Si advertís que el sistema modifica los datos al impactarlos en el borrador, podrás comunicarte con nosotros por mensaje privado de Facebook enviando capturas de pantalla y explicación del error que presenta el sistema.
  • En caso que la sociedad tenga integrantes extranjeros sin DNI argentino, el trámite de constitución deberá ingresarse a través de la Mesa Virtual de CiDi.
2.1 Carga de Tasa Retributiva de Servicios
  • Deberás generar la TRS desde el botón “Generar Tasa Retributiva”.
  • Una vez que la abones, se incrustará en el campo el código de timbrado correspondiente. El cuadrado del margen derecho que ahora figura en rojo figurará en verde en cuanto el pago se impacte.
  • El pago de la TRS puede realizarse con tarjeta de débito, crédito o rapipago. La demora en impactar el pago dependerá del medio por el cual se abone.
  • No podrás descargar la documentación que genera el sistema hasta que el pago de la tasa no esté impactado y en verde.

Si abonaste la Tasa Retributiva a través de TRS y no la generaste en el mismo trámite que estás cargando, deberás tipear el código de timbrado (comienza con 50) que figura en el cedulón pago y de esta forma vincular el trámite a la Tasa. Deberás corroborar que el número esté bien tipeado.

Recordá que para que la Tasa sea válida, deberá tener el mismo concepto que se indica en el trámite (por ejemplo no podrás vincular una tasa paga de asamblea en un trámite de constitución).

Si abonaste la Tasa Retributiva a través de TRS y no la generaste en el mismo trámite que estás cargando, deberás tipear el código de timbrado (comienza con 50) que figura en el cedulón pago y de esta forma vincular el trámite a la Tasa. Podrás visualizar el cedulón abonado desde “Historia de TRS” en http://trs.cba.gov.ar/.
Deberás corroborar que el número de timbrado esté bien tipeado en el campo “código de timbrado”.

Recordá que para que la Tasa sea válida, deberá tener el mismo concepto que se indica en el trámite (por ejemplo no podrás vincular una tasa paga de asamblea en un trámite de constitución).

  1. Completá todos los datos requeridos. Los campos requeridos son aquellos marcados con (*).
  2. Ingresá el número de Sticker de la Reserva de nombre aprobada. El sistema colocará automáticamente el nombre aprobado para la sociedad y la fecha de vencimiento de dicha Reserva.
  3. Ingresá el resto de los datos requeridos.
  4. Presioná el botón Siguiente para guardar los datos y poder continuar con el trámite.

Datos no editables:

  • Tipo de Persona Jurídica: S.R.L
  • Matrícula: sin datos
  • Origen: Por Constitución
  • Domicilio Social: Provincia de Córdoba

Recordá que al momento del ingreso del trámite, el instrumento constitutivo no puede tener fecha de más de 3 meses de su confección, conforme lo establece la Resolución General 057/2020.

2.2 Sede Social

En relación a la constitución del Domicilio Social, la DGIPJ lo considera cumplimentado cuando queda referido solamente “la Provincia de Córdoba”.
Establecido bajo esta modalidad, se permite la modificación de la sede social sin necesidad de reformar los Estatutos, y mediante Acta de Directorio o de Comisión Directiva (órgano deadministración).

También se admite la constitución del Domicilio Social especificando la ciudad. Igual circunstancia al especificar dentro del Domicilio Social la sede social.

Ejemplos de las 3 alternativas correctas de determinación del domicilio social:
(i) El domicilio legal de la [entidad] se fija en Provincia de Córdoba, República Argentina, quedando facultado el [Órgano de Administración] para establecer sucursales, agencias y representaciones en
cualquier lugar del país.

(ii) El domicilio legal de la [entidad] se fija en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina, quedando facultado el [Órgano de Administración] para establecer sucursales, agencias y representaciones en cualquier lugar del país

(iii) El domicilio legal de la [entidad] se fija en calle Bv. Illia N°238, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina, quedando facultado el [Órgano de Administración] para establecer sucursales, agencias y representaciones en cualquier lugar del país

– En la alternativa (i), la fijación/modificación de sede social, puede ser resuelta por el órgano de administración. Si la nueva sede social será fijada fuera de la Provincia de Córdoba, ello implica un Cambio de Jurisdicción.

-En la alternativa (ii), la fijación/modificación de sede social, puede ser resuelta por el órgano de administración, si es dentro de la misma ciudad (en el ejemplo, Ciudad de Córdoba). Si la nueva sede social será fijada en otra ciudad, implicará indefectiblemente una modificación del Estatuto Social.

-En la alternativa (iii), toda modificación de sede social implicará una modificación de Estatuto Social.

IMPORTANTE
La determinación de la sede social debe ser lo más precisa posible: calle, ruta, número, piso, oficina departamento o unidad, manzana, lote, barrio, kilómetro, localidad o ciudad y departamento provincial, según corresponda.

Ejemplo Departamento de edificio: Vélez Sarsfield 250, Torre I, Piso 2, local 8.

Ejemplo en Barrio cerrado: Country “XX”, Manzana 8, Lote 2, Villa Allende.

Para aquellos lugares en los cuales la fijación de la sede de manera precisa es dificultosa, (ej. Zonas rurales, pueblos que no tienen actualizado el Catastro, localidades en las que todas las calles son “Calle pública”, intersecciones de calles/esquinas) se deberá especificar con elementos que hagan indubitable su ubicación. Tampoco se admitirá la determinación de la sede social en razón de elementos no perdurables, como un cartel, nombre de negocio, color de alguna casa, etc.
En consecuencia, no se admitirán sedes tales como:

Ejemplos INCORRECTOS
-Zona Rural, Rio Cuarto.
-Calle Pública s/n, Villa Allende.
-Bv. San Juan esq. Bv. Illia, Ciudad de Córdoba.
-Al lado de la casa amarilla.

Casos de circunstancias especiales

• Zona Rural: identificar el Camino/ruta, junto con la altura exacta del Kilómetro donde se encuentra. También se puede especificar con el Establecimiento, Estancia, etc. En su caso, también se podrá referir al Consorcio Caminero que lo comprende.

• Esquinas: solo será permitida en localidades donde la sede es ubicable por las características de la sede. (Ya sea porque es una localidad pequeña, o porque su identificación no da lugar a dudas)

• Calles públicas sin denominación, o sin numeración: se deberá indicar entre qué calles se ubica
la sede social.

Ejemplos correctos

– Ruta Provincial 8, Km 2.5, Establecimiento El Zorzal; Camino a El Crispín, Km 3.6, Estancia La Argentina.

 

NO SE ADMITEN COORDENADAS PARA PRECISAR LA SEDE SOCIAL.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del campo que está arrojando el error y código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

Podrás tipear y agregar la calle que necesités desde la opción “agregar mi calle”. Deberás corroborar que la misma impacte de manera correcta en el trámite y en el borrador (desde el botón “ver borrador”).

Podrás agregar los datos necesarios (como por ejemplo las calles entre las cuales se encuentra el domicilio) desde la opción “agregar mi calle”. Deberás corroborar que la misma impacte de manera correcta en el trámite.

Antes de pasar a la siguiente solapa te sugerimos verificar que todos los datos estén correctos.

PASO 3: Capital Social

  • El sistema calculará el Valor Nominal, en base al Importe del capital social y el total de cuotas declaradas. El valor nominal de las cuotas será de $10 o múltiplos de 10, conforme lo establece el artículo 148 LGS.
  • Moneda en pesos.
  • Valor nominal (lo calcula el sistema, sólo permite $10 o múltiplos de 10).
3.1 Agregar socio Persona Física
  1. Deberás presionar el botón Agregar para visualizar la pantalla “Alta Nuevo Socio»  e ingresar los socios que van a constituir la sociedad.
  2. Ingresá el número de documento para buscar a la persona sin espacios ni puntos, luego presionar buscar (la lupa).
  3. Presioná el botón Guardar para agregar el socio a la grilla.

Atención: en caso de que AFIP encuentre alguna inconsistencia en los datos de la Persona Física y/o Jurídica  y lo considere bloqueante, NO permitirá continuar con la carga del trámite y le indicará que se debe dirigir a la repartición para solucionar el inconveniente.

IMPORTANTE: si advertís que el sistema trae mal los datos una persona física deberás comunicarte con facebook para solucionarlo ANTES de continuar a la siguiente solapa. Recordá que estos datos impactarán en los documentos que genera el sistema. NO se admiten documentos testeados ni enmendados. 

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

3.2 Agregar socio Persona Jurídica
  • En caso de optar por socios que son personas jurídicas, al momento de adjuntar la documentación obligatoria deberás ingresar la documentación extra necesaria que establece la Resolución General 03T/2023.
  • Artículo 10 RG 03T/2023: si es una sociedad extranjera, debe acreditar su inscripción conforme artículos 118 o 123 de la LGS.
    De igual manera, si se trata de una persona jurídica de otra jurisdicción, debe acreditarse su existencia e inscripción. 
  1. Deberás presionar el botón Agregar para visualizar la pantalla «Alta Nuevo Socio» e ingresar los socios que van a constituir la sociedad.
  2. Ingresá el número de CUIT para buscar a la entidad (sin puntos, ni guiones)
  3. De la entidad encontrada ingresá los datos constitutivos y sede social.
  4. Presioná el botón Guardar para agregar el socio a la grilla.

Por cada socio ingresado deberás:

  1. Para personas físicas: cargar el Apoderado (si es que corresponde).
  2. Para persona Jurídicas: Cargar el Representante
  3. Registrar la cantidad de Cuotas.
  4. Registrar la Suscripción. 

Presioná el botón Siguiente para guardar los datos ingresados.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

3.3 Agregar suscripciones del socio

Para dar de alta a la suscripción de un socio deberá seleccionar el botón Suscripción.

A continuación ingrese el monto total por el que suscribe la integración del capital (no el 25% inicial). La Forma de Integración es por defecto dineraria y no puede editarse.

Presioná el botón Guardar.

3.4 Crear cuenta Bancor

En el marco del convenio entre IPJ y Bancor, el depósito de capital correspondiente a la integración dineraria deberá realizarse de manera On-Line, creando una caja de ahorro especial para el trámite a través de nuestro Portal, sin la necesidad de concurrir físicamente a una sucursal del Banco de Córdoba para realizar este depósito.

Este proceso consiste en la creación de una Caja de ahorro destinada para el trámite que desea realizar. Esta cuenta sólo recibe depósitos y transferencias, no contará con tarjeta de débito ni la posibilidad de acceder a Online Banking.

Se creará una cuenta para cada trámite de Constitución que se desees realizar. La misma no será obligatoria si no posee integraciones dinerarias en el trámite.

  • La solicitud de cuenta Bancor en el Portal IPJ se podrá realizar de Lunes a Viernes de 8 a 14 hs. en días hábiles. 
  • Si el titular de la cuenta es un socio o aportante, no se podrá eliminar el mismo una vez creada la caja de ahorro. 
  • Si el titular de la caja de ahorro IPJ, está incluido en el padrón SIRCREB de Ingresos Brutos, deberá considerar que se descontará el régimen correspondiente a cada acreditación que reciba en la cuenta. 
  • La demora del impacto del dinero en la cuenta Bancor dependerá del medio por el cual se haya hecho el depósito (puede realizarse por depósito o transferencia). NO depende de IPJ.
  • Una vez creada la cuenta, podrás transferir o depositar el monto luego de 24hs hábiles.
  • La cuenta Bancor se crea únicamente a los fines de acreditar el capital social de la entidad, no es una cuenta de la sociedad, no tiene tarjeta, ni homebanking. Tampoco se podrá mantener, una vez inscripto o rechazado el trámite la cuenta se elimina automáticamente. 

Creación de Cuenta

Al presionar «Agregar», visualizará una lista de socios/aportantes, apoderados (si los hubiere), representantes (si los hubiere) y del usuario logueado en CiDi. La cuenta se deberá crear a nombre de alguna de las personas mencionadas anteriormente.

Al seleccionar el nombre de la persona física para la cual se va a crear la Caja de Ahorro, el sistema validará si la persona es cliente del Banco de Córdoba o no. En caso de ser cliente, solo deberá seleccionar la sucursal en la que desea crear la cuenta. De no ser cliente, deberá cargar los datos obligatorios solicitados por Bancor a los fines de poder dar de alta a la persona física como cliente y crear la caja de ahorro a nombre de este titular.

Visualizará una sección de términos y condiciones que deberá aceptar  para poder completar la solicitud.

Cuando la cuenta esté creada, todos los socios o aportantes, apoderados (si los hubiere) y/o representantes (si los hubiere) que tengan usuario en CiDi y el usuario creador del trámite recibirán un E-mail indicando los datos de CBU, Titular y sucursal elegida.

Saldo de cuenta

El saldo de la cuenta se podrá visualizar únicamente desde el portal de trámites en la sección de cuenta en la solapa «Capital Social».

En la columna «Integración mínima» podrás visualizar el monto mínimo que debe haber en la cuenta para poder finalizar el trámite. Este valor corresponde al 25% del monto total de integración dineraria si se trata de una S.A.S., S.R.L. o S.A.

En la columna «Saldo Caja Ahorro IPJ», visualizarás la sumatoria de los montos que se vayan transfiriendo o depositando en la «Caja Ahorro IPJ». 

1° Deberás corroborar que el dinero se haya transferido al CBU correcto. Recordá que se debe transferir al CBU que generó el sistema. 

2° En caso que hayan transcurrido más de 96hs, deberán comunicarse con Bancor, a las vías pertinentes para canalizar reclamos exclusivos de IPJ. Deberá hacerlo el titular de la caja de ahorro IPJ al 0810-222-6267 ​opción 7 y luego opción 6. Asimismo, podrán hacerlo por vía digital al E-mail: ​Consultacuentaipj@bancor.com.ar comentando el caso, y obtendrán una solución al mismo. Al momento de realizar la consulta, deberán especificar los datos: Nombre de la entidad, CBU Caja de ahorro IPJ, nombre completo y CUIL del titular de la cuenta.

El saldo se ha acreditado, solo que no de manera completa, seguramente debido a que el titular de la cuenta desde la cual se transfirió se encuentra dentro del padrón SIRCREB, lo cual implica que se retiene un porcentaje de la transferencia.

Al transferir el monto completo del capital, se descuenta el porcentaje de SIRCREB. Deberán depositar nuevamente el monto faltante más el porcentaje que volverá a descontar el sistema al momento de hacer la transferencia. Podés conocer cuál es el porcentaje en el siguiente link: https://sircreb.comarb.gob.ar/sircreb/contribuyente/_

Si el monto de integración mínima aún no se encuentra depositado en la caja de ahorro visualizará el estado en Rojo, cuando el saldo iguale a la integración mínima el estado se visualizará en Verde.

3.5 Devolución de Depósito

En esta sección, se solicita que incorpore dos CBU de transferencia de fondos. Los CBU son solicitados a los fines de la devolución del dinero del Capital Social. Una vez que el trámite de constitución es aprobado o rechazado por la IPJ, la caja de ahorro Bancor creada se elimina automáticamente y el monto del Capital se transfiere al CBU indicado en este paso.

Deberás cargar un CBU «Principal», el cual deberá estar a nombre de la máxima autoridad (administrador/a titular). Este CBU NO puede corresponder a otra autoridad. En segundo lugar, deberás cargar el CBU «Secundario».

Para SRL, el CBU Principal deberá ser el del Gerente Titular. Mientras que el CBU Secundario deberá corresponder al de algún otro gerente, ya sea titular o suplente.

  • No se pueden ingresar dos CBU iguales y los CBU no pueden corresponder a una «Caja de Ahorro IPJ». 
  • Si el titular del CBU de devolución, está incluido en el padrón SIRCREB de Ingresos Brutos, deberá considerar que se descontará el régimen correspondiente a cada acreditación que reciba en la cuenta.

Se solicitan dos CBU, debido a que el Banco realizará la devolución de dinero al CBU «Principal» pero en caso de existir algún inconveniente podrá hacer uso del CBU «Secundario».

El depósito se restituirá en uno de los CBU declarados en caso de que ocurra alguno de las siguientes situaciones:

  • El trámite se elimina de la bandeja de borradores en el portal de trámites.
  • El trámite se desiste por voluntad de las partes.

Cuando el trámite se inscriba o se rechace, se destinarán los fondos en uno de los CBU declarados. Por esto, es importante que los CBU informados correspondan a los Administradores.

En cada ocasión de devolución o destino de depósito, todos los socios o aportantes, apoderados y/o representantes (si los hubiere) que tengan usuario en CiDi y el usuario creador del trámite recibirán un e-mail indicando los datos declarados para restitución de fondos y consideraciones sobre el proceso de restitución de dinero.

En caso de necesitar modificar el CBU del administrador ingresado en la grilla, se podrá realizar presionando el botón «Modificar«.

Antes de pasar a la siguiente solapa te sugerimos verificar que todos los datos estén correctos.

PASO 4: Objeto Social

4.1 Carga de Objeto
  1. Completá todos los datos requeridos. Los campos requeridos son aquellos marcados con (*).
  2. Deberás transcribir el Objeto Social en el recuadro correspondiente a Transcripción Objeto (*). 
  3. Podrás seleccionar todas las clasificaciones IPJ que desees, simplemente tildando cada una y seleccionando la flecha hacia la derecha.
  4. Deberás cargar la actividad correspondiente en AFIP. 
  5. Presioná el botón Siguiente para guardar los datos y poder continuar con el trámite.

Aclaraciones para redactar el Objeto Social:

  • Debe ser expuesto de conformidad con la normativa vigente
  • En caso de describirse actividades cuyo ejercicio corresponde a profesiones que requieren matriculación o colegiación obligatoria, se deberá prever que sólo se podrán realizar dichas actividades mediante la contratación de profesionales debidamente matriculados. 
  • Se deberá enunciar en forma clara y precisa las actividades principales que constituyen el mismo, evitando términos ambiguos como “etcétera”, “la enumeración es meramente enunciativa y no taxativa”, actividades que se relacionan de manera indirecta con el objeto, etc. 
4.2 Agregar actividad AFIP

Puede realizar dos tipos de búsqueda:

Ingresando el código de AFIP:

  1. Ingresá el Código de AFIP.
  2. Presioná la lupa (Buscar).
  3. Presioná el botón Agregar, para que el sistema agregue a la Grilla la actividad ingresada.

En caso de No conocer el Código de AFIP:

  1. Presioná el botón Buscar para visualizar la pantalla «Alta Nuevo Rubro de AFIP «.
  2. Seleccioná Rubro(*)
  3. Seleccioná Tipo Actividad (*).
  4. Seleccioná Actividad (*).
  5. Presioná el botón Guardar para que el sistema agregue los datos ingresados a la Grilla Rubros de AFIP

Antes de pasar a la siguiente solapa te sugerimos verificar que todos los datos estén correctos.

PASO 5: Organo de administración

Conforme el art. 157 Ley General de Sociedades es obligatorio designar como mínimo un/a o más Gerentes, pudiendo ser socios/as o no. Podrá elegirse suplentes para casos de vacantes.

5.1 Carga de órgano de administración
  1. Completá todos los datos requeridos. Los campos requeridos son aquellos marcados con (*).
  2. Deberás seleccionar la Duración, pudiendo optar entre Ejercicios e Indeterminada. Si eligís la opción Ejercicios, deberás ingresar la cantidad correspondiente. 
  3. Deberás Seleccionar una Forma de Actuación: Individual o Colegiada.
  4. Presioná el botón Agregar para ingresar los miembros que constituirán el Órgano de Administración.
  5. Con las opciones Modificar y Eliminar podrás modificar los datos de cada miembro del Órgano de Administración y eliminar respectivamente.
  6. Presioná el botón Siguiente para guardar los datos y poder continuar con el trámite.

Datos NO editables:

Si seleccionaste la opción Forma de Actuación Individual/Indistinta:

  • Cantidad Mínima de miembros Titulares: 1
  • Cantidad Máxima de miembros Titulares: Se debe indicar por el ciudadano
  • Cantidad Mínima de miembros  de Suplentes: 0

Si seleccionaste la opción Forma de Actuación Colegiada/ Conjunta:

  • Cantidad Mínima de miembros  de Titulares: 2
  • Cantidad Mínima de miembros  de Suplentes: 0
5.2 Agregar Autoridad Persona Física
  1. Ingresá el número de documento para buscar a la persona sin espacios ni puntos, luego presionar buscar (lupa).
  2. De la persona encontrada ingresá los datos personales, domicilio y cargo que ocupa.
  3. Presioná el botón Guardar para agregar la autoridad a la grilla.

Datos no editables:

  • Fecha de inicio de cargo: el sistema coloca la fecha del acta constitutiva.
  • El  gerente de la S.R.L, será designado como administrador de relaciones en AFIP. Para operar en la web de AFIP, deberá tener clave fiscal Nivel 3. Esto no implica el alta en Impuestos de la Sociedad.
  • Para designar al Administrador Titular como Administrador de relaciones en AFIP, deberá tildar la opción «Administrador de relaciones AFIP» que aparece disponible en la ventana «Alta de Autoridad», al momento de cargar la misma.
  • Todas las personas físicas que fueron cargadas en el trámite deberán tener su domicilio fiscal y electrónico informado ante AFIP.
  • En caso de que AFIP encuentre alguna inconsistencia en los datos de la Persona Física y/o Jurídica  y lo considere bloqueante, NO permitirá continuar con la carga del trámite y le indicará que se debe dirigir a la repartición para solucionar el inconveniente.

IMPORTANTE: si advertís que el sistema trae mal los datos una persona física deberás comunicarte con facebook para solucionarlo ANTES de continuar a la siguiente solapa. Recordá que estos datos impactarán en los documentos que genera el sistema. NO se admiten documentos testados ni enmendados.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

Antes de pasar a la siguiente solapa te sugerimos verificar que todos los datos estén correctos.

PASO 6: Órgano de fiscalización

  • Si el importe supera los 2.000.000.000 de pesos el órgano de Fiscalización será obligatorio.
6.1 Órgano de Fiscalización
  1. Completá todos los datos requeridos. Los campos requeridos son aquellos marcados con (*).
  2. Seleccioná el Tipo de Fiscalización en Estatuto: Órgano de Fiscalización / Prescinde por Estatuto / Puede Prescindir.
  3. Si seleccionas Puede Prescindir deberás indicar si designa o prescinde de fiscalización para el ejercicio vigente.
  4. Si seleccionas Órgano de Fiscalización, deberás elegir el tipo de Órgano Fiscalizador: Consejo de Vigilancia / Comisión Fiscalizadora / Sindicatura.  
  5. Presioná el botón Agregar para ingresar los miembros que constituirán el Órgano de Fiscalización.
  6. Con las opciones Modificar y Eliminar podrás modificar los datos de cada miembro del Órgano de Fiscalización y eliminar respectivamente.
  7. Presioná el botón Siguiente para guardar los datos y poder continuar con el trámite.

A) Opción Prescinde por Estatuto

  • Al seleccionar esta opción no estás designando un órgano de fiscalización.

B) Opción Órgano de Fiscalización

  • Al seleccionar esta opción deberás indicar el tipo de órgano, la duración y agregar los miembros correspondientes.

Consejo de Vigilancia:

  • El consejo de vigilancia debe tener un mínimo de 3 miembros y un máximo de 15.

Comisión Fiscalizadora:

  • Deberás ingresar una cantidad impar de Síndicos, como mínimo 3 miembros Titulares y 3 miembros Suplentes.  

Sindicatura: 

  • Deberás ingresar sólo un miembro Titular y un miembro Suplente.

C) Opción Puede Prescindir 

  • Al seleccionar esta opción, deberás indicar la fiscalización seleccionada para el ejercicio vigente.
  • Si seleccionaste Designa, debes seleccionar el tipo de órgano, ingresar la duración y agregar los miembros correspondientes.
6.2 Agregar Representante Persona Física
  • En caso de designar un/a miembro fiscalizador persona física, debe ser abogado o contador público y debe ingresar la matrícula profesional del mismo.
  • Las fechas de inicio y fin del cargo, son calculadas por el sistema (no se pueden modificar), de acuerdo a la duración indicada por contrato social.
  1. Ingresá el número de documento para buscar a la persona, sin espacios ni puntos, luego presionar buscar (lupa).
  2. De la persona seleccionada, ingresá los datos personales, domicilio y cargo que ocupa.
  3. Presioná el botón Guardar para agregar la autoridad a la grilla.

Agregar Representante Persona Jurídica

– En caso de optar por un miembro fiscalizador persona jurídica, ésta deberá ser Sociedad Colectiva.
– Si la entidad está en formación debe ingresar la fecha del acta constitutiva.
– Las fechas de inicio y fin del cargo, son calculadas por el sistema (no se pueden modificar), de acuerdo a la duración indicada por contrato social.

  1. Ingresá el número de CUIT para buscar a la entidad (sin puntos, ni guiones)
  2. De la entidad encontrada ingresá los datos constitutivos, sede social y del cargo que ocupa.
  3. Presioná el botón Guardar para agregar la autoridad a la grilla.

PASO 7: Datos del trámite

7.1 Datos del trámite
  1. El sistema por defecto, mostrará en la grilla como persona autorizada al usuario logueado. Con las opciones Modificar, Eliminar y Domicilio Electrónico podrás modificar los datos de la persona autorizada, eliminar o seleccionarlo como el autorizado que Constituye Domicilio Electrónico respectivamente.
  2. El botón Agregar te permitirá agregar más personas autorizadas competentes.
  3. En Cuanto a Domicilio Electrónico:
    • El sistema por defecto, selecciona al Usuario Logueado como el autorizado que Constituye Domicilio Electrónico.
    • Si deseas modificar el Autorizado que Constituye Domicilio electrónico, Seleccioná el botón Domicilio Electrónico, que se encuentra entre las opciones de cada Autorizado que figura en la Grilla.
    • Tené en Cuenta que la persona Autorizada que Constituye Domicilio Electrónico, debe poseer  usuario CiDi Nivel 2 (usuario registrado); de  lo contrario no se te permitirá seleccionarlo para Constituir Domicilio Electrónico.
    • Una vez seleccionado el Autorizado que Constituye Domicilio Electrónico, el sistema mostrará en el campo Domicilio Electrónico Constituido (*)(que figura en la Sección Domicilio Legal Constituido) la Dirección de correo electrónico que registró el autorizado en la Plataforma de Servicios «Ciudadano Digital».
  4. Ingresá el Domicilio Legal Constituido para recibir notificaciones sobre el trámite.
  5. Seleccioná la Delegación de Inspección de Personas Jurídicas correspondiente.
  6. Presioná el botón Siguiente.

Antes de pasar a la siguiente solapa te sugerimos verificar que todos los datos estén correctos.

PASO 8: Descarga y carga de documentación

8.1 Sección "Documentos Generados por el Sistema"

Para poder adjuntar los documentos requeridos, primero deberá descargar aquellos que genera el sistema.

  1. Presioná el Botón Descargar Documentos.
  2. Los documentos generados, se descargan de forma automática (archivos en formato PDF), y son incorporados a la grilla «Documentos Generados por el Sistema». 
  3. Podrás descargarlos nuevamente haciendo click en el Botón Descargar.

El sistema genera los siguientes documentos:

  • Certificado de Persona Políticamente Expuesta
  • Juramento Administrador de Relaciones en AFIP
  • Para poder descargar los documentos que genera el sistema en cada caso, la reserva de denominación deberá estar vigente.
  • Para poder descargar la documentación que genera el sistema en cada caso, la Tasa Retributiva de Servicios deberá estar paga e impactada en el trámite.
  • El monto del Capital Social deberá estar impactado en el trámite para poder hacer la descarga de documentos.
  • Una vez que se descarguen los documentos no podrá volver a modificarse ningún campo, dato, ni documento obligatorio. Se recomienda visualizar la «versión Borrador» de todos los documentos generados por el sistema, haciendo click en el botón “Ver Borrador”. 
8.2 Sección "Documentos del Trámite"

Esta sección se mostrará disponible, una vez que haya descargado los documentos generados por el Sistema. Aquí podrás visualizar una grilla con los documentos requeridos y opcionales del trámite, con una breve descripción de cada uno, a modo de facilitar el entendimiento y comprensión  del documento que se solicita.

Aquellos documentos que tengan (*) al comienzo del nombre, deben ser adjuntados obligatoriamente. En caso de no tener disponible el documento, deberás adjuntar una nota indicando el motivo por el cuál no posee el mismo.

Aquellos documentos que NO tengan (*) al  comienzo, son opcionales. Podrás cargarlos en caso de considerarlo necesario.

  • Debe tener presente que solo se permite adjuntar archivos en formato PDF (hasta 50 MB).
  • Los documentos adjuntos deben tener absoluta concordancia con los datos cargados en las solapas del trámite.
  • Todos los documentos deberán adjuntarse escaneados, NO se admiten fotografías.
  • Los documentos deberán ser adjuntos de manera prolija, en orden y legibles. NO podrán contener sombras, márgenes de fondo, arrugas, manchas, manos, ni cualquier otro objeto que afecte su prolijidad.
  • NO se admiten documentos adulterados, testeados ni enmendados.
  • El incumplimiento de alguna de estas formalidades puede generar el rechazo del trámite.

APARTADO CERTIFICACIÓN

  • Una vez descargados los documentos obligatorios, deberán adjuntarse ya firmados y certificados conforme lo establece la Resolución General 03T/2023. 
  • La fecha de certificación debe ser POSTERIOR a la fecha del instrumento constitutivo.
  • Toda certificación puede ser en forma notarial o por juzgado de paz, salvo que el trámite requiera firma certificada por Profesional Notarial (Escribano/a). La autoridad certificante deberá indicar, como mínimo, nombre, apellido y documento de identidad de quienes suscriban los documentos, de lo contrario la certificación no es válida.
  • En caso que la certificación sea de otra jurisdicción (otra provincia), la misma deberá estar debidamente legalizada. En caso que la certificación sea de otro país se deberá presentar la correspondiente legalización, apostilla o certificación consular, y traducción en caso de ser necesario.
  • Todos los documentos podrán suscribirse con firma digital. En tal caso, la totalidad de las firmas deberán ser digitales: no se admiten algunas firmas ológrafas y otras firmas digitales.  Los archivos que contengan firma digital deberán adjuntarse con el formato correspondiente que permita estudiar su autoridad y validez.

¿Cómo adjuntar mis documentos?

  • Con la opción Adjuntar, podrás agregar a la grilla, el documento seleccionado. 
  • Con la opción Eliminar, podrás eliminar el documento adjunto.
  • La opción Ver, permite abrir y visualizar el documento adjunto.
8.3 Sección "Otros Documentos"

En esta sección, puede adjuntar documentos que no fueron detallados por IPJ y que consideres considera necesarios para la realización del trámite.

También podrás adjuntar toda la documentación que implica los casos que requieren otros documentos respaldatorios en función del trámite que estás cargando.

El botón Agregar le permitirá adjuntar estos documentos junto a una breve descripción del mismo.

PASO 9: Validación de documentación

Validación de Documentos

La validación de documentos es un paso obligatorio, una instancia para que la máxima autoridad o quien esté autorizado en el trámite corroborá que los documentos que se ingresarán a IPJ sean correctos, estén bien adjuntos y cuenten con todas las formalidades exigidas.

En esta sección, deberás designar a la persona que valide la documentación adjunta, pudiendo ser el Representante Legal de su Sociedad

En su defecto, podrá ser validada por quién esté expresamente autorizado en el trámite o en una nota firmada por la Autoridad máxima, con firma certificada por Escribano. En este último caso, la Nota deberá ser adjuntada en la sección «Otros Documentos». De no cumplir estos requisitos, la documentación será RECHAZADA. Tené presente que dicha persona deberá poseer usuario CiDi Nivel 2 (usuario registrado).

  1. El Botón Agregar, te permitirá añadir al validador de los documentos.

2. Ingresá el número de DNI de la persona, corroborá los datos requeridos y presioná Guardar para agregar el validador a la grilla.

3. Con la opción Eliminar, podrás eliminar el validador de sus documentos.

4. Con la opción Enviar solicitud, se enviará un e-mail al validador de los documentos a fin de que verifique y de conformidad de la documentación adjuntada. Tené presente que, al confirmar el envío de solicitud, no podrás efectuar más acciones sobre los documentos hasta que, los mismos, hayan sido validados.

5. A continuación, el validador deberá ingresar al Portal de Trámites de IPJ logueandose desde su clave de CIDI nivel 2.
En el Portal de Trámites visualizará una bandeja denominada “MIS TAREAS” donde estará la solicitud de validación pendiente. El validador deberá corroborar uno por uno los documentos adjuntos y dar su conformidad.
Una vez que confirme los documentos, en el trámite de constitución se habilitará la opción de finalizar el trámite.

Deberás cerrar tu sesión de CiDi, volver a iniciar sesión y abrir el trámite que estás cargando.

Si el error persiste luego de las indicaciones anteriores, deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

PASO 11: Finalización e ingreso de trámite

Para poder finalizar el trámite:

  • La reserva de denominación debe estar VIGENTE. Recuerde que puede hacer uso del trámite «Prórroga de Reserva de Denominación» para extender la vigencia de la misma (siempre y cuando aún no haya vencido).
  • El monto del Capital Social deberá estar acreditado en su totalidad.
  • La Tasa Retributiva de Servicios deberá estar paga y acreditada.
  • Todas las personas físicas que fueron cargadas en el trámite deberán tener su domicilio fiscal y electrónico informado ante AFIP
  1. Una vez que se muestre habilitado el botón Finalizar, presioná el mismo para Finalizar efectivamente el Trámite.
  2. El sistema le descargará en forma automática el Comprobante de Inicio de Trámite, en el cual se encuentra el número de Sticker con el que ingresó el trámite en IPJ. Con dicho número podrás realizar el seguimiento a través de Consulta SUAC..
  3. Además, el sistema le enviará un e-mail a Mis Comunicaciones de CiDi, indicando el número de Sticker de la Constitución realizada.
  4. Luego de haber FINALIZADO el Trámite, el mismo aparecerá en la Bandeja Mis Trámites – PENDIENTES, donde podrás hacer el seguimiento del mismo mediante la opción VER.  También podrás descargar los documentos generados por el Sistema mediante la opción Descargar.

Bandejas del Portal de Trámites

Bandeja de Borradores

Se almacenan los trámites que se iniciaron pero no se finalizaron. Esto permite que puedas cargar datos del mismo trámite en varios días. Los trámites que figuran en la bandeja de borradores NO ingresaron a IPJ.

Bandeja de Pendientes

Se almacenan los trámites que se finalizaron y están pendientes o en proceso de estudio en IPJ. Estos trámites ya ingresaron a IPJ y cuentan con un número de Sticker con el cual podes realizar el seguimiento a través de Consulta SUAC.

Bandeja de Finalizados

Se almacenan los trámites que ya fueron se almacenan los trámites que ya fueron ingresados y resueltos por IPJ. Es decir, trámites que cuentan con resolución de inscripción o rechazo. Desde esta bandeja podrás consultar los documentos que fueron adjuntos en dicho trámite y su correspondiente resolución.