Modelo aprobado por IPJ

Constitución de Fundación

Descripción

En este modelo deberás ir cargando los datos de la entidad y el sistema generará los documentos modelos que luego deberán firmar los constituyentes. Al ser un modelo pre aprobado, cuenta con criterios predefinidos que no pueden modificarse. El objetivo es simplificar los requerimientos y agilizar tu trámite de constitución con el propósito de proveer una pronta respuesta.  A medida que vayas cargando los datos, podrás ir visualizando cómo quedan impactados en el Instrumento Constitutivo, desde el botón “ver borrador”.

La integración del Capital Social se realiza en el mismo trámite de constitución, creando una cuenta Bancor.

PASO 2: Datos de la entidad

  • La reserva de denominación deberá estar vigente durante todo el proceso de carga, incluyendo el momento de finalizar de la constitución. Recordá que la Reserva de Denominación tiene una duración de 30 días corridos.
    Si tu reserva está próxima a vencerse y aún te faltan cargar datos o adjuntar documentos, deberás solicitar una Prórroga de la Reserva de Denominación ANTES que la misma venza.
  • Si la reserva de denominación se venció y no finalizaste el trámite, deberás eliminar el trámite de constitución actual y comenzar una nueva carga con una nueva reserva de denominación vigente.
  • Al finalizar la carga de datos de cada solapa deberás guardar la información. Una vez que la información se guarda no puede volver a editarse.
  • Antes de guardar y descargar la documentación que el sistema genera, deberás corroborar que todos los datos hayan impactado de manera correcta en el borrador (desde el botón “ver borrador”).

  • Si advertís que el sistema modifica los datos al impactarlos en el borrador, podrás comunicarte con nosotros por mensaje privado de Facebook enviando capturas de pantalla y explicación del error que presenta el sistema, ANTES que los datos impacten en los documentos.

A continuación, deberás cargar los datos de la entidad.

  1. Completá todos los datos requeridos. Los campos requeridos son aquellos marcados con (*).
  2. Ingresá el número de sticker de la Reserva de nombre aprobada. El sistema colocará automáticamente el nombre aprobado para la entidad.
  3. Ingresá el resto de los datos requeridos.
  4. Presioná el botón Siguiente para guardar los datos y poder continuar con el trámite.

Los siguientes datos no son editables:

  • CUIT
  • Tipo de Persona Jurídica: Fundación
  • Acta Constitutiva: el sistema trae por defecto la fecha actual.
  • Estatuto: el sistema trae por defecto la fecha actual.
  • Cierre del Ejercicio: el sistema calcula automáticamente la fecha.
  • Origen: Por Constitución
  • Duración: 99 años
  • Desde: Resolución
  • Domicilio Social: Provincia de Córdoba
  • Sede Social, fijada en: Acta Constitutiva
2.2 Sede Social

En relación a la constitución del Domicilio Social, la DGIPJ lo considera cumplimentado cuando queda referido solamente “la Provincia de Córdoba”.
Establecido bajo esta modalidad, se permite la modificación de la sede social sin necesidad de reformar los Estatutos, y mediante Acta de Directorio o de Comisión Directiva (órgano deadministración).

También se admite la constitución del Domicilio Social especificando la ciudad. Igual circunstancia al especificar dentro del Domicilio Social la sede social.

Ejemplos de las 3 alternativas correctas de determinación del domicilio social:
(i) El domicilio legal de la [entidad] se fija en Provincia de Córdoba, República Argentina, quedando facultado el [Órgano de Administración] para establecer sucursales, agencias y representaciones en
cualquier lugar del país.

(ii) El domicilio legal de la [entidad] se fija en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina, quedando facultado el [Órgano de Administración] para establecer sucursales, agencias y representaciones en cualquier lugar del país

(iii) El domicilio legal de la [entidad] se fija en calle Bv. Illia N°238, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina, quedando facultado el [Órgano de Administración] para establecer sucursales, agencias y representaciones en cualquier lugar del país

– En la alternativa (i), la fijación/modificación de sede social, puede ser resuelta por el órgano de administración. Si la nueva sede social será fijada fuera de la Provincia de Córdoba, ello implica un Cambio de Jurisdicción.

-En la alternativa (ii), la fijación/modificación de sede social, puede ser resuelta por el órgano de administración, si es dentro de la misma ciudad (en el ejemplo, Ciudad de Córdoba). Si la nueva sede social será fijada en otra ciudad, implicará indefectiblemente una modificación del Estatuto Social.

-En la alternativa (iii), toda modificación de sede social implicará una modificación de Estatuto Social.

IMPORTANTE
La determinación de la sede social debe ser lo más precisa posible: calle, ruta, número, piso, oficina departamento o unidad, manzana, lote, barrio, kilómetro, localidad o ciudad y departamento provincial, según corresponda.

Ejemplo Departamento de edificio: Vélez Sarsfield 250, Torre I, Piso 2, local 8.

Ejemplo en Barrio cerrado: Country “XX”, Manzana 8, Lote 2, Villa Allende.

Para aquellos lugares en los cuales la fijación de la sede de manera precisa es dificultosa, (ej. Zonas rurales, pueblos que no tienen actualizado el Catastro, localidades en las que todas las calles son “Calle pública”, intersecciones de calles/esquinas) se deberá especificar con elementos que hagan indubitable su ubicación. Tampoco se admitirá la determinación de la sede social en razón de elementos no perdurables, como un cartel, nombre de negocio, color de alguna casa, etc.
En consecuencia, no se admitirán sedes tales como:

Ejemplos INCORRECTOS
-Zona Rural, Rio Cuarto.
-Calle Pública s/n, Villa Allende.
-Bv. San Juan esq. Bv. Illia, Ciudad de Córdoba.
-Al lado de la casa amarilla.

Casos de circunstancias especiales

• Zona Rural: identificar el Camino/ruta, junto con la altura exacta del Kilómetro donde se encuentra. También se puede especificar con el Establecimiento, Estancia, etc. En su caso, también se podrá referir al Consorcio Caminero que lo comprende.

• Esquinas: solo será permitida en localidades donde la sede es ubicable por las características de la sede. (Ya sea porque es una localidad pequeña, o porque su identificación no da lugar a dudas)

• Calles públicas sin denominación, o sin numeración: se deberá indicar entre qué calles se ubica
la sede social.

Ejemplos correctos

– Ruta Provincial 8, Km 2.5, Establecimiento El Zorzal; Camino a El Crispín, Km 3.6, Estancia La Argentina.

Para que el domicilio se pueda cargar correctamente, es necesario cargar todos los campos obligatorios uno por uno, en orden de izquierda a derecha a medida que visualizas los campos y seleccionar la opción correspondiente desde la lista desplegable que arroja el sistema al tipear la primer letra.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del campo que está arrojando el error y código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

Podrás tipear y agregar la calle que necesités desde la opción “agregar mi calle”. Deberás corroborar que la misma impacte de manera correcta en el trámite y en el borrador (desde el botón “ver borrador”).

Podrás agregar los datos necesarios (como por ejemplo las calles entre las cuales se encuentra el domicilio) desde la opción “agregar mi calle”. Deberás corroborar que la misma impacte de manera correcta en el trámite y en el borrador (desde el botón “ver borrador”).

Antes de pasar a la siguiente solapa te sugerimos revisar el borrador y verificar que todos los datos estén correctos.

PASO 3: Fundadores

3.1 Fundadores

En la solapa Fundadores, deberás ingresar los datos de las personas que han fundado la entidad. Se solicita el registro, como mínimo, de un Fundador y, como máximo, de tres personas.

  1. Completá todos los datos requeridos. Los datos requeridos son aquellos marcados con (*).
  2. Presioná el botón Agregar para ingresar los miembros Fundadores.
  3. Con las opciones Modificar y Eliminar podrás modificar los datos de los miembros ingresados o eliminar alguno de ellos, respectivamente.
  4. Presioná el botón Siguiente para guardar los datos y poder continuar con la carga del trámite.
3.2 Agregar Fundador
  1. Ingresá el número de documento para buscar a la persona.
  2. Presioná el botón Guardar para agregar el Fundador a la grilla.

En caso de que AFIP encuentre alguna inconsistencia en los datos de la Persona Física y lo considere bloqueante, NO permitirá continuar con la carga del trámite y le indicará que se debe dirigir a la repartición para solucionar el inconveniente.

IMPORTANTE: si advertís que el sistema trae mal los datos una persona física deberás comunicarte con facebook para solucionarlo ANTES de continuar a la siguiente solapa. Recordá que estos datos impactarán en los documentos que genera el sistema. NO se admiten documentos testeados ni enmendados.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

PASO 4: Capital Social

4.1 Capital Social
  1. Completá todos los datos requeridos. Los campos requeridos son aquellos marcados con (*).
  2. El sistema sugiere/muestra, el Importe de capital mínimo permitido (ver en la normativa conforme la fecha del acta constitutiva). Podrás editarlo en caso de ser necesario, recuerde que el monto, no podrá ser inferior al importe sugerido.

Datos no editables:

  • Moneda en pesos.
4.2 Aporte de capital- Agregar Persona Física
  1. Presioná el botón Agregar para visualizar la pantalla “Alta Nuevo Aportante», allí podrás incorporar a las personas que van a aportar el capital.

  2. Ingresá el número de documento para buscar a la persona sin espacios ni puntos, luego presionar buscar (lupa).

Presioná el botón Guardar para agregar la persona a la grilla.

Atención:  En caso de que AFIP encuentre alguna inconsistencia en los datos de la Persona Física y/o Jurídica  y lo considere bloqueante, NO permitirá continuar con la carga del trámite y te indicará que deberás dirigirte a la repartición para solucionar el inconveniente.

IMPORTANTE: si advertís que el sistema trae mal los datos una persona física deberás comunicarte con facebook para solucionarlo ANTES de continuar a la siguiente solapa. Recordá que estos datos impactarán en los documentos que genera el sistema. NO se admiten documentos testeados ni enmendados.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

4.3 Aporte de Capital - Agregar Persona Jurídica
  1. Presioná el botón Agregar para visualizar la pantalla «Alta Nuevo Aportante» , allí deberás ingresar las Personas Jurídicas que van a aportar el capital.
  2. Ingresá el número de CUIT para buscar a la entidad (sin puntos, ni guiones).
  3. De la entidad encontrada ingresá los datos de la sede social.

Presioná el botón Guardar para agregar la Persona Jurídica a la grilla.

4.4 Integración – Persona Física y/o Jurídica
  1. Presioná el botón Integración para visualizar la pantalla “Alta Integración”.
  2. Deberás ingresar el monto de capital que va a aportar la persona física y/o jurídica.
  3. Seleccioná la Forma de Integración correspondiente.
  4. Presioná el botón Guardar para agregar la Integración a la grilla correspondiente.

Presioná Siguiente para guardar los datos ingresados.

IMPORTANTE: si advertís que el sistema trae mal los datos una persona física deberás comunicarte con facebook para solucionarlo ANTES de continuar a la siguiente solapa. Recordá que estos datos impactarán en los documentos que genera el sistema. NO se admiten documentos testados ni enmendados.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

4.5 Crear cuenta Bancor

En el marco del convenio entre IPJ y Bancor, el depósito de capital correspondiente a la integración dineraria deberá realizarse de manera On-Line, creando una caja de ahorro especial para el trámite a través de nuestro Portal, sin la necesidad de concurrir físicamente a una sucursal del Banco de Córdoba para realizar este depósito.

Este proceso consiste en la creación de una Caja de ahorro destinada para el trámite que deseas realizar. Esta cuenta sólo recibe depósitos y transferencias, no contará con tarjeta de débito ni la posibilidad de acceder a Online Banking.

Se creará una cuenta para cada trámite de Constitución que se desees realizar. La misma no será obligatoria si no posee integraciones dinerarias en el trámite.

  • La solicitud de cuenta Bancor en el Portal IPJ se podrá realizar de Lunes a Viernes de 8 a 14 hs. en días hábiles. 
  • Si el titular de la caja de ahorro IPJ, está incluido en el padrón SIRCREB de Ingresos Brutos, deberá considerar que se descontará el régimen correspondiente a cada acreditación que reciba en la cuenta. 
  • La demora del impacto del dinero en la cuenta Bancor dependerá del medio por el cual se haya hecho el depósito (puede realizarse por depósito o transferencia).
  • Una vez creada la cuenta, podrás transferir o depositar el monto pasadas las 72 a 96hs hábiles desde la creación.

  • La cuenta Bancor se crea únicamente a los fines de acreditar el capital social de la entidad, no es una cuenta de la entidad, no tiene tarjeta, ni homebanking. Tampoco se podrá mantener, una vez inscripto o rechazado el trámite la cuenta se elimina automáticamente.
Creación de Cuenta

Al presionar «Agregar», visualizará una lista de constituyentes, apoderados (si los hubiere), representantes (si los hubiere) y del usuario logueado en CiDi. La cuenta se deberá crear a nombre de alguna de las personas mencionadas anteriormente.

Al seleccionar el nombre de la persona física para la cual se va a crear la Caja de Ahorro, el sistema validará si la persona es cliente del Banco de Córdoba o no. En caso de ser cliente, solo deberá seleccionar la sucursal en la que desea crear la cuenta. De no ser cliente, deberá cargar los datos obligatorios solicitados por Bancor a los fines de poder dar de alta a la persona física como cliente y crear la caja de ahorro a nombre de este titular.

Visualizarás una sección de términos y condiciones que deberás aceptar  para poder completar la solicitud.

Cuando la cuenta esté creada, todos los socios o aportantes, apoderados (si los hubiere) y/o representantes (si los hubiere) que tengan usuario en CiDi y el usuario creador del trámite recibirán un E-mail indicando los datos de CBU, Titular y sucursal elegida.

Saldo de cuenta

El saldo de la cuenta se podrá visualizar únicamente desde el portal de trámites en la sección de cuenta en la solapa «Capital Social».

En la columna «Integración mínima» podrás visualizar el monto mínimo que debe haber en la cuenta para poder finalizar el trámite. Este valor corresponde al «100%» del monto total de integración dineraria si se trata de una Asociación Civil. 

En la columna «Saldo Caja Ahorro IPJ», visualizarás la sumatoria de los montos que se vayan transfiriendo o depositando en la «Caja Ahorro IPJ». Tené en cuenta que las demoras en transferencias y depósitos dependen del medio por el cuál lo haya realizado.

1° Deberás corroborar que el dinero se haya transferido al CBU correcto. Recordá que se debe transferir al CBU que generó el sistema. 

2° En caso que hayan transcurrido más de 96hs, deberán comunicarse con Bancor, a las vías pertinentes para canalizar reclamos exclusivos de IPJ. Deberá hacerlo el titular de la caja de ahorro IPJ al 0810-222-6267 ​opción 7 y luego opción 6. Asimismo, podrán hacerlo por vía digital al E-mail: ​Consultacuentaipj@bancor.com.ar comentando el caso, y obtendrán una solución al mismo. Al momento de realizar la consulta, deberán especificar los datos: Nombre de la entidad, CBU Caja de ahorro IPJ, nombre completo y CUIL del titular de la cuenta.

El saldo se ha acreditado, solo que no de manera completa, seguramente debido a que el titular de la cuenta desde la cual se transfirió se encuentra dentro del padrón SIRCREB, lo cual implica que se retiene un porcentaje de la transferencia.

Al transferir el monto completo del capital, se descuenta el porcentaje de SIRCREB. Deberán depositar nuevamente el monto faltante más el porcentaje que volverá a descontar el sistema al momento de hacer la transferencia. Podés conocer cuál es el porcentaje en el siguiente link:

Si el monto de integración mínima aún no se encuentra depositado en la caja de ahorro visualizarás el estado en Rojo, cuando el saldo iguale a la integración mínima el estado se visualizará en Verde.

4.6 Devolución de Depósito

En esta sección, se solicita que se incorporen dos CBU de transferencia de fondos. Los CBU son solicitados a los fines de la devolución del dinero del Capital Social. Una vez que el trámite de constitución es aprobado o rechazado por la IPJ, la caja de ahorro Bancor creada se elimina automáticamente y el monto del Capital se transfiere al CBU indicado en este paso.

Deberás cargar un CBU «Principal», el cual deberá estar a nombre de la máxima autoridad (presidente/a). Este CBU NO puede corresponder a otra autoridad. En segundo lugar, deberás cargar el CBU «Secundario».

Para Asociación civil, el CBU Principal deberá ser el del Presidente/a. El CBU Secundario deberá corresponder a otra cuenta del Presidente o al Secretario o al Tesorero/a.

  • No se pueden ingresar dos CBU iguales y los CBU no pueden corresponder a una «Caja de Ahorro IPJ».
  • Si el titular del CBU de devolución, está incluido en el padrón SIRCREB de Ingresos Brutos, deberá considerar que se descontará el régimen correspondiente a cada acreditación que reciba en la cuenta.

Se solicitan dos CBU, debido a que el Banco realizará la devolución de dinero al CBU «Principal» pero en caso de existir algún inconveniente podrá hacer uso del CBU «Secundario».

El depósito se restituirá en uno de los CBU declarados en caso de que ocurra alguno de las siguientes situaciones:

  • El trámite se elimina de la bandeja de borradores en el portal de trámites.
  • El trámite se desiste por voluntad de las partes.

Cuando el trámite se inscriba o se rechace, se destinarán los fondos en uno de los CBU declarados. Por esto, es importante que los CBU informados correspondan al presidente/a o tesorero/a.

En cada ocasión de devolución o destino de depósito, todos los socios o aportantes, apoderados y/o representantes (si los hubiere) que tengan usuario en CiDi y el usuario creador del trámite recibirán un e-mail indicando los datos declarados para restitución de fondos y consideraciones sobre el proceso de restitución de dinero.

En caso de necesitar modificar el CBU del administrador ingresado en la grilla, se podrá realizar presionando el botón «Modificar«.

Antes de pasar a la siguiente solapa te sugerimos revisar el borrador y verificar que todos los datos estén correctos.

PASO 5: Objeto Social

  • Las fundaciones son personas jurídicas que se constituyen con una finalidad de bien común, sin propósito de lucro.

  • Si selecciona el objeto modelo educativo es obligatorio presentar autorización de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, conforme lo establece el punto 5 del artículo 53 RG 50/2021.

5.1 Objeto Social

Los objetos predefinidos por la IPJ para las Fundaciones son:

EDUCATIVAS
Educar, formar y capacitar integralmente a las personas en la faz intelectual. Para ello podrá realizar las siguientes actividades: a) Realizar, promover y facilitar políticas y estrategias de enseñanza destinadas a todas las personas; b) Promover el desarrollo de investigaciones científicas que tengan por finalidad el mejoramiento de la calidad educativa; c) Generar acciones conjuntas con distintas entidades educativas, públicas o privadas, tendientes al perfeccionamiento y especialización de los docentes de todos los niveles; d) Impulsar y fomentar el desarrollo de congresos, jornadas, foros, seminarios y cursos de capacitación no formal. e) Promover el otorgamiento de becas a profesionales destacados en la docencia y que dedican su tiempo a la investigación de nuevas modalidades educativas; f) Impulsar la creación de un instituto educativo en los niveles primarios, secundarios y terciarios, que para el otorgamiento de títulos oficiales deberá gestionar la autorización previa ante la autoridad competente.

MÉDICAS
Promoción y protección de la Salud en cualquiera de sus vertientes mediante la docencia, investigación, desarrollo e innovación de las Ciencias de la salud, así como la realización de actividades de promoción y gestión de recursos y servicios sanitarios. Realizar atención primaria de la salud. Para ello podrá realizar las siguientes actividades: a) Realizar estudios y proyectos que tiendan al perfeccionamiento de la legislación y de la organización de la salud; b) Gestionar la adopción de medidas que redunden en beneficios de la comunidad en general; c) Colaborar o cooperar con los organismos estatales e instituciones afines, en todo cuanto tienda a la protección, progreso y jerarquización del servicio de la salud; d) Impulsar la creación de talleres de capacitación formal o no formal, el dictado de cursos y seminarios con el fin de formar a los profesionales de la salud; en el caso de ser formales previo a la implementación, funcionamiento y otorgamiento de los títulos oficiales o cursos con puntaje oficial, gestionarán la previa autorización de la autoridad oficial competente.

ASISTENCIA SOCIAL
Mejorar el nivel de vida de la comunidad en general especialmente de aquellas personas que por su condición de pobreza y de escasos recursos se encuentren en un estado de vulnerabilidad y marginalidad. Para ello, se llevarán a cabo las siguientes actividades: a) Sostener un comedor comunitario, para brindar almuerzo, merienda, y de esta manera poder atender necesidades básicas en materia de alimentación; b) Impulsar la creación de una huerta con el fin de fomentar la cultura del trabajo y además para que sea fuente de producción de insumos para el comedor; c) Impulsar la creación de talleres de capacitación, el dictado de cursos y seminarios con el fin de formar a la persona con el objeto de que esta cuente con una herramienta eficaz para insertarse en el mercado laboral y/o tenga la posibilidad de proyectar diferentes microemprendimientos. Todo lo que hace a la educación, podrá ser formal (oficial) o no formal (no oficial). En caso de ser Formales, se otorgarán títulos oficiales o cursos con puntaje oficial. En tal caso, previo a la implementación, funcionamiento y otorgamiento de los mismos, se gestionará la previa autorización ante la Autoridad Oficial Competente; d) Bregar por la constitución de una biblioteca comunitaria para que sirva de espacio para el fomento de la cultura y la reflexión.

DEPORTIVAS 
Cultivar y difundir la afición y el desarrollo de los ejercicios físicos, fomentando la práctica del deporte en todas sus manifestaciones tendiendo a la formación integral de la persona, como así mismo difundir todo tipo de actividad cultural. Para ello, se llevarán a cabo las siguientes actividades: a) Fomentar una estrecha relación con demás instituciones afines para el intercambio de distintas experiencias; b) Colaborar e impulsar la organización de eventos de índole deportivos y culturales con el fin de fomentar un espíritu de solidaridad entre los integrantes de nuestra sociedad; c) Bregar por la constitución de espacio para el esparcimiento y recreo y que se constituya en un ámbito desde el cual se fomente todo tipo de actividad cultural; d) Impulsar actividades que posibiliten el perfeccionamiento en la práctica de cualquier disciplina deportiva; e) Propender a la realización de talleres recreativos, culturales y artísticos de carácter no formal.

CULTURALES
Promover la cultura, prestando especial atención al cuidado y mantenimiento de las diversidades, singularidades, riquezas culturales y artísticas. Para ello, la Fundación desarrolla las siguientes líneas de actuación: a) Restauración, conservación e iluminación del patrimonio histórico-artístico para promover la recuperación y conservación a través de la colaboración con entidades e instituciones, tanto públicas como privadas, responsables de la gestión del patrimonio con el fin de contribuir a la creación de riqueza y al desarrollo de esas regiones; b) Incentivar y colaborar con el mantenimiento de monumentos singulares, mediante las exposiciones y muestras del patrimonio artístico e industrial a través de acciones encaminadas a la difusión de su historia y su trayectoria; c) Promover y difundir el arte y la cultura mediante el apoyo a las manifestaciones culturales locales apoyando técnica y económicamente actividades artísticas y culturales llevadas a cabo por relevantes instituciones públicas o privadas como museos, teatros, fundaciones o asociaciones culturales.

  1. Deberás seleccionar alguno de los Objetos predefinidos por IPJ. El texto incorporado, no será editable para modificarlo.
  2. Deberás seleccionar al menos una de las Clasificaciones IPJ que desees,  tildando cada una y seleccionando la flecha hacia la derecha.
  3. Presioná el botón Siguiente para guardar los datos ingresados y poder continuar con el trámite.
5.2 Agregar actividad AFIP

Podes realizar dos tipos de búsqueda:

Ingresando el código de AFIP:

  1. Ingresá el Código de AFIP.
  2. Presioná la lupa (Buscar).
  3. Presioná el botón Agregar, para que el sistema agregue a la Grilla la actividad ingresada.

En caso de No conocer el Código de AFIP:

  1. Presioná el botón Buscar para visualizar la pantalla «Alta Nuevo Rubro de AFIP «.
  2. Seleccioná Rubro(*)
  3. Seleccioná Tipo Actividad (*).
  4. Seleccioná Actividad (*).
  5. Presioná el botón Guardar para que el sistema agregue los datos ingresados a la Grilla Rubros de AFIP

En ese caso deberás ingresar un trámite de constitución Modelo Redactado por el Ciudadano (volver al paso 1 del instructivo).

Antes de pasar a la siguiente solapa te sugerimos revisar el borrador y verificar que todos los datos estén correctos.

PASO 6: Órgano de Administración

  1. Completá todos los datos requeridos. Los campos requeridos son aquellos marcados con (*).
  2. Presioná el botón Agregar para ingresar los miembros que constituirán el Consejo de Administración.
  3. Con las opciones Modificar y Eliminar podrás modificar los datos de cada miembro del Órgano de Gobierno, y eliminar respectivamente.
  4. Presioná el botón Siguiente para guardar los datos y poder continuar con el trámite.

El consejo de administración debe tener los siguientes cargos:

  • Presidente
  • Secretario
  • Tesorero

Datos no editables:

  • Duración: 4 ejercicios
  • Cantidad Mínima de miembros Titulares: 3
  • Cantidad Máxima de miembros Titulares: 3
6.1 Agregar autoridad - Persona Física
  1. Ingresá el número de documento para buscar a la persona, sin espacios ni puntos, luego presionar buscar (lupa).
  2. De la persona seleccionada, ingresá los datos personales, domicilio y cargo que ocupa.
  3. Presioná el botón Guardar para agregar la autoridad a la grilla.

Atención: En caso de que AFIP encuentre alguna inconsistencia en los datos de la Persona Física y lo considere bloqueante, NO permitirá continuar con la carga del trámite y te indicará que debés dirigirte a la repartición para solucionar el inconveniente.

IMPORTANTE: si advertís que el sistema trae mal los datos una persona física deberás comunicarte con facebook para solucionarlo ANTES de continuar a la siguiente solapa. Recordá que estos datos impactarán en los documentos que genera el sistema. NO se admiten documentos testeados ni enmendados.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

Deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y fotos claras de ambos lados del DNI de la persona que no podes cargar. Además deberás acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

IMPORTANTE: el Presidente será designado como Administrador de Relaciones de la entidad en AFIP. Para operar en la web de AFIP, deberá tener clave fiscal Nivel 3. Esto, no implica el alta en Impuestos de la entidad.

Para designar al Presidente como Administrador de relaciones en AFIP, deberás tildar la opción «Administrador de relaciones AFIP» que aparece disponible en la ventana «Alta de Autoridad», al momento de cargar la misma.

IMPORTANTE: en el siguiente tutorial se muestra paso a paso cómo completar los datos de la solapa Órgano de Gobierno.

Antes de pasar a la siguiente solapa te sugerimos revisar el borrador y verificar que todos los datos estén correctos.

PASO 7: Órgano de Fiscalización

  • El Tipo de Fiscalización en Estatuto para el Modelo Aprobado por IPJ es: Prescinde por Estatuto.

Presioná el botón Siguiente para guardar los datos y poder continuar con el trámite.

PASO 8: Datos del trámite

 El Domicilio Electrónico será utilizado para la notificación de resoluciones, providencias y observaciones en los trámites administrativos que se sustancien ante IPJ.

  1. Completá todos los datos requeridos. Los campos requeridos son aquellos marcados con (*).
  2. El sistema por defecto, mostrará en la grilla como persona autorizada al usuario logueado. Con las opciones Modificar, Eliminar y Domicilio Electrónico podrás modificar los datos de la persona autorizada, eliminar o seleccionarlo como el autorizado que Constituye Domicilio Electrónico respectivamente.
  3. El botón Agregar permitirá agregar más personas autorizadas competentes.
  4. En Cuanto a Domicilio Electrónico:
    • El sistema por defecto selecciona al Usuario Logueado como el autorizado que Constituye Domicilio Electrónico.
    • Si desea modificar el Autorizado que Constituye Domicilio electrónico, Seleccioná el botón Domicilio Electrónico, que se encuentra entre las opciones de cada Autorizado que figura en la Grilla.
    • Tené en Cuenta que la persona Autorizada que Constituye Domicilio Electrónico debe poseer  usuario CiDi Nivel 2 (usuario registrado); de  lo contrario no se permitirá seleccionarlo para Constituir Domicilio Electrónico.
    • Una vez seleccionado el Autorizado que Constituye Domicilio Electrónico, el sistema mostrará  en el campo Domicilio Electrónico Constituido (*)(que figura en la Sección Domicilio Legal Constituido) la Dirección de correo electrónico que registró el autorizado en la Plataforma de Servicios «Ciudadano Digital».
    •  
  5. Ingresá el Domicilio Legal Constituido para recibir notificaciones sobre el trámite.
  6. Seleccioná la Delegación de Inspección de Personas Jurídicas correspondiente.

Presioná el botón Guardar.

PASO 9: ️ Carga de documentación

9.1 Sección "Documentos Generados por el Sistema"

Para poder adjuntar los documentos requeridos, primero deberás descargar aquellos que genera el sistema.

  1. Presioná el Botón Descargar Documentos.
  2. Los documentos generados, se descargan de forma automática (archivos en formato PDF), y son incorporados a la grilla «Documentos Generados por el Sistema». 
  3. Podrás descargarlos nuevamente haciendo click en el Botón Descargar.

El sistema genera los siguientes documentos:

  • Acta Constitutiva y Estatuto
  • Certificado de Persona Políticamente Expuesta
  • Juramento Administrador de Relaciones en AFIP
  • Para poder descargar los documentos que genera el sistema en cada caso, la reserva de denominación deberá estar vigente.
  • El monto del Capital Social deberá estar impactado en el trámite para poder hacer la descarga de documentos.
  • Una vez que se descarguen los documentos no podrá volver a modificarse ningún campo, dato, ni documento obligatorio. Se recomienda visualizar la «versión Borrador» de todos los documentos generados por el sistema, haciendo click en el botón “Ver Borrador”.
9.2 Sección "Documentos del Trámite"

Esta sección se mostrará disponible, una vez que haya descargado los documentos generados por el Sistema. Aquí podrás visualizar una grilla con los documentos requeridos y opcionales del trámite, con una breve descripción de cada uno, a modo de facilitar el entendimiento y comprensión  del documento que se solicita.

Aquellos documentos que tengan (*) al comienzo del nombre, deben ser adjuntados obligatoriamente. En caso de no tener disponible el documento, deberás adjuntar una nota indicando el motivo por el cuál no posee el mismo.

Aquellos documentos que NO tengan (*) al  comienzo, son opcionales. Podrá cargarlos en caso de considerarlo necesario.

  • Debe tener presente que solo se permite adjuntar archivos en formato PDF (hasta 50 MB).
  • Los documentos adjuntos deben tener absoluta concordancia con los datos cargados en las solapas del trámite.
  • Todos los documentos deberán adjuntarse escaneados, NO se admiten fotografías.
  • Los documentos deberán ser adjuntos de manera prolija, en orden y legibles. NO podrán contener sombras, márgenes de fondo, arrugas, manchas, manos, ni cualquier otro objeto que afecte su prolijidad.  
  • NO se admiten documentos adulterados, testados ni enmendados.
  • El incumplimiento de alguna de estas formalidades puede generar el rechazo del trámite. 
APARTADO CERTIFICACIÓN
  • Una vez descargados los documentos obligatorios, deberán adjuntarse ya firmados y certificados conforme lo establece la Resolución General 050/2021.
    El acta constitutiva y estatuto deberán adjuntarse con las firmas certificadas de todas las personas constituyentes.
  • La fecha de certificación debe ser POSTERIOR a la fecha del instrumento constitutivo.
  • Toda certificación puede ser en forma notarial, bancaria, por juzgado de paz o autoridad policial, salvo que el trámite requiera firma certificada por Profesional Notarial (Escribano/a). La autoridad certificante deberá indicar, como mínimo, nombre, apellido y documento de identidad de quienes suscriban los documentos, de lo contrario la certificación no es válida.
  • Toda certificación de otra jurisdicción (otra provincia u otro país) tiene que venir acompañada por la legalización correspondiente.
  • La firma certificada puede reemplazarse por firma digital. En tal caso, la totalidad de las firmas deberán ser digitales: no se admiten documentos que contengan al mismo tiempo algunas firmas ológrafas y otras firmas digitales.  Los archivos que contengan firma digital deberán adjuntarse con el formato correspondiente que permita estudiar su autoridad y validez.

¿Cómo adjuntar mis documentos?

  • Con la opción Adjuntar, podrás agregar a la grilla, el documento seleccionado. 
  • Con la opción Eliminar, podrás eliminar el documento adjunto.
  • La opción Ver, permite abrir y visualizar el documento adjunto.
9. 3 Sección "Otros Documentos"

En esta sección, puede adjuntar documentos que no fueron detallados por IPJ y que consideres considera necesarios para la realización del trámite.

También podrás adjuntar toda la documentación que implica los casos que requieren otros documentos respaldatorios en función del trámite que estás cargando. 

Aclaración:

  • Toda entidad que incluya Asociaciones de Bomberos/as voluntarios, Entidades religiosas de la Iglesia Católica Apostólica Romana, otras Entidades religiosas, Cooperadoras escolares, policiales o de hospitales, Niñez, Adolescencia y Familia o Entidades cuyo objeto requiera autorización previa para funcionar de otro organismo público deberá acreditar documentación respaldatoria obligatoria conforme lo establece el artículo 53 de la RG 50/2021.

El botón Agregar le permitirá adjuntar estos documentos junto a una breve descripción del mismo.

PASO 10: Validación de documentación

Validación de Documentos 

La validación de documentos es un paso obligatorio, una instancia para que la máxima autoridad o quien esté autorizado en el trámite corrobore que los documentos que se ingresarán a IPJ sean correctos, estén bien adjuntos y cuenten con todas las formalidades exigidas.

En esta sección, deberás designar a la persona que valide la documentación adjunta, pudiendo ser el Presidente, Vice-Presidente o Representante Legal de su entidad

En su defecto, podrá ser validada por quién esté expresamente autorizado en el trámite o en una nota firmada por la Autoridad máxima, con firma certificada por Escribano (la firma certificada está exceptuada para Asociaciones Civiles y Fundaciones). En este último caso, la Nota deberá ser adjuntada en la sección «Otros Documentos». De no cumplir estos requisitos, el trámite será RECHAZADO. Tenga presente que dicha persona, deberá poseer usuario CiDi Nivel 2 (usuario registrado).

  1. El Botón Agregar, te permitirá añadir al validador de los documentos.

 

2. Ingresá el número de DNI de la persona, corrobore los datos requeridos y presioná Guardar para agregar el validador a la grilla.

3. Con la opción Eliminar, podrás eliminar el validador de los documentos.

4. Con la opción Enviar solicitud, se enviará un e-mail al validador de los documentos a fin de que verifique y de conformidad de la documentación adjuntada. Tener presente que, al confirmar el envío de solicitud, no podrás efectuar más acciones sobre los documentos hasta que, los mismos, hayan sido validados.

5. A continuación, el validador deberá ingresar al Portal de Trámites de IPJ iniciando sesión desde su clave de CIDI nivel 2. En el Portal de Trámites visualizará una bandeja denominada “MIS TAREAS” donde estará la solicitud de validación pendiente. El validador deberá corroborar uno por uno los documentos adjuntos y dar su conformidad.
Una vez que confirme los documentos, en el trámite de constitución se habilitará la opción de finalizar el trámite.

Deberás cerrar tu sesión de CiDi, volver a iniciar sesión y abrir el trámite que estás cargando.

Si el error persiste luego de las indicaciones anteriores, deberás comunicarte por Facebook enviando captura de pantalla del problema que estás teniendo y acompañar el código online (lo visualizas en la Bandeja de Borradores, columna izquierda). La atención por facebook es de lunes a viernes de 8 a 18hs.

PASO 11: Finalización e ingreso de trámite

Para poder finalizar el trámite:

  • La reserva de denominación debe estar VIGENTE. Recuerde que puede hacer uso del trámite «Prórroga de Reserva de Denominación» para extender la vigencia de la misma (siempre y cuando aún no haya vencido).
  • El monto del Capital Social deberá estar acreditado en tu totalidad.
  • Todas las personas físicas que fueron cargadas en el trámite deberán tener su domicilio fiscal y electrónico informado ante AFIP.
  1. Una vez que se muestre habilitado el botón Finalizar, presioná el mismo para Finalizar efectivamente el Trámite.
  2. El sistema descargará en forma automática el Comprobante de Inicio de Trámite, en el cual se encuentra el número de Sticker con el que ingresó el trámite en IPJ. Con dicho número podrás realizar el seguimiento a través de Consulta SUAC..
  3. Además, el sistema enviará un e-mail (a la dirección de correo electrónico, que registró el autorizado en la Plataforma de Servicios «Ciudadano Digital»), indicando el número de Sticker de la Constitución realizada.

4. Luego de haber FINALIZADO el Trámite, el mismo aparecerá en la Bandeja Mis Trámites – PENDIENTES, donde podrás hacer el seguimiento del mismo mediante la opción VER.  También podrá descargar los documentos generados por el Sistema mediante la opción Descargar.

Bandejas del Portal de Trámites

Bandeja de Borradores

Se almacenan los trámites que se iniciaron pero no se finalizaron. Esto permite que puedas cargar datos del mismo trámite en varios días. Los trámites que figuran en la bandeja de borradores NO ingresaron a IPJ.

Bandeja de Pendientes

Se almacenan los trámites que se finalizaron y están pendientes o en proceso de estudio en IPJ. Estos trámites ya ingresaron a IPJ y cuentan con un número de Sticker con el cual podes realizar el seguimiento a través de Consulta SUAC.

Bandeja de Finalizados

Se almacenan los trámites que ya fueron ingresados y resueltos por IPJ. Es decir, trámites que cuentan con resolución de inscripción o rechazo. Desde esta bandeja podrás consultar los documentos que fueron adjuntos en dicho trámite y su correspondiente resolución.